| A simple vista, pudiéramos
pensar que hay motivo para la celebración: está tras las rejas un famoso
terrorista internacional, un hombre conocido como el Osama Bin Laden de
Latinoamérica, un ex miembro de la Agencia Central de Inteligencia
norteamericana, acusado de volar un avión civil con 73 pasajeros a
bordo. Sin embargo, el gobierno de Bush no acusó a Posada Carriles de
terrorismo ni ha dado curso a la solicitud de extradición presentada por
Venezuela —solicitud que está pendiente desde junio del año pasado.
El único cargo que el gobierno de Bush ha presentado
contra Posada Carriles es por una simple violación de la ley de
inmigración: a saber, haber entrado en los Estados Unidos sin pasar por
los controles, infracción cuya pena máxima es la expulsión del
territorio de los Estados Unidos. El gobierno de Bush utilizó el
argumento de la violación de inmigración contra Posada Carriles para
tramar su estrategia: tratar de engañar a la gente y hacerles creer que
los Estados Unidos se toman el caso de Posada muy en serio. Quieren dar
la impresión de que el sistema de justicia está funcionando
perfectamente, cuando en realidad la Casa Blanca sólo está usando el
problema de la inmigración como pretexto para obstruir el enjuiciamiento
de este terrorista internacional.
Posada Carriles está acusado en Venezuela por 73
crímenes de homicidio en primer grado por la voladura de un avión de
pasajeros el 6 de octubre de 1976. En aquel momento, constituyó el peor
acto de terrorismo cometido contra una aeronave civil.
La mayoría de los cuerpos recuperados del siniestro
estaban tan desfigurados que sus familiares no pudieron reconocerlos. El
informe del forense describe la condición de una niña guyanesa cuyos
restos fueron recuperados del avión volado: “cuerpo de una niña de
alrededor de 9 años…el cerebro ha desaparecido, sólo se encuentran
restos de los huesos faciales, el cuero cabelludo y los cabellos.
Pulmones y corazón destruidos. Hígado e intestinos destrozados. La nalga
de la extremidad inferior derecha. Fractura compuesta de tibia y
peroné…" Ninguno de los 73 pasajeros a bordo del avión sobrevivió.
Posada Carriles fue juzgado en Venezuela por homicidio
en primer grado en relación con la voladura del avión, pero antes de que
el tribunal pudiese dar su veredicto, escapó de la prisión con la ayuda
de decenas de miles de dólares proporcionados por los grupos extremistas
de Miami. Continuó su campaña de terror desde su guarida en
Centroamérica, mediante el envío de terroristas a Cuba para colocar
bombas en los mejores hoteles y restaurantes de La Habana, que cobraron
la vida de un turista italiano y provocaron heridas a varios otros. Fue
condenado en Panamá por tratar de volar un auditorio lleno de
estudiantes en el 2000. Recibió el indulto de la entonces presidenta
Mireya Moscoso, en flagrante violación de la legislación panameña y se
urdió su regreso legal a Miami, donde tres de sus cómplices habían ya
sido recibidos como héroes.
Posada, bajo juramento, le dijo al Departamento de
Seguridad Interna (DHS, por sus siglas en inglés) y al Tribunal de
Inmigración que había entrado ilegalmente en los Estados Unidos en marzo
del año pasado a través de la frontera de Texas con la ayuda de un
coyote. Eso no es cierto. De la mentira dan fe documentos del FBI
presentados el mes pasado en el tribunal del distrito federal de Miami
en relación con un caso de posesión de armas entablado contra su viejo
amigo y benefactor financiero, Santiago Álvarez. Posada entró en los
Estados Unidos en marzo de 2005 a bordo de un camaronero llamado
Santrina, propiedad de Álvarez. Cuatro cubanos de Miami más ayudaron a
Posada a llegar a las costas estadounidenses a bordo del Santrina. Uno
de ellos era informante del FBI.
Introducir ilegal y clandestinamente a alguien en los
Estados Unidos es un delito grave, pero si la persona introducida es un
terrorista las condenas pueden ser de hasta 35 años de cárcel. Estados
Unidos no ha acusado a nadie por colaborar en la entrada de Posada
Carriles al país. ÉL sacrificó su credibilidad para encubrir a sus
amigos.
Durante semanas, Posada vivió libremente en Miami,
incluso hacía sus compras en el centro comercial. Los Estados Unidos
adujeron que no tenían información alguna sobre su paradero, pese a que
había presentado una Solicitud de Asilo ante el Servicio de Inmigración
el 12 de abril de 2005, donde no sólo aparecía su nombre, sino su
dirección.
El 10 de mayo de 2005, Venezuela le pidió formalmente
al gobierno de los Estados Unidos que emitiese una orden de detención
con fines de extradición en su contra, pero Washington siguió fingiendo
que desconocía su paradero.
No fue hasta el 17 de mayo de 2005 que el DHS no tuvo
más opción que arrestarlo. Ese mismo día en Miami, durante una
conferencia de prensa inusual, Posada se jactó de que el gobierno no lo
estaba buscando y anunció que renunciaba a su solicitud de asilo y que
abandonaría el país. El descaro de Posada ya fue demasiado para el DHS y
los agentes federales los arrestaron de inmediato al concluir la
conferencia y lo escoltaron delicadamente en un carrito de golf, sin ser
esposado, antes de abordar el helicóptero que lo trasladaría a El Paso.
No obstante, Washington, emitió una orden de detención
por inmigración (no para extradición) en su contra. Se le acusó
exclusivamente por infracciones migratorias. De inmediato, el gobierno
de los Estados Unidos prejuzgó el caso y emitió un comunicado anticipado
el mismo día de su arresto que apuntaba lo siguiente: "como es un
problema de leyes y políticas de inmigración, la Agencia de Inmigración
y Aduanas (ICE, por sus siglas en inglés) por lo general no envía
personas a Cuba, ni a países que se piensa actúan en nombre de Cuba”, en
una alusión nada encubierta a Venezuela.
En lugar de procesar la extradición de Posada a
Venezuela, los Estados Unidos pusieron en marcha un juicio por un caso
puramente administrativo de inmigración, encaminado a protegerlo en vez
de juzgarlo.
En el caso de inmigración, Posada hizo varias
solicitudes de liberación con argumentos diferentes: 1. que todavía era
residente permanente legal de los Estados Unidos, 2. que era elegible
para asilo, 3. que clasificaba para la negativa de extradición, 4. que
era elegible a protección en caso de deportación en virtud de El
Convenio contra la Tortura (CAT).
Si bien es cierto que Posada fue residente permanente
en los años sesenta, hace mucho que abandonó ese status al establecer su
domicilio en el exterior, desde donde llevó a cabo su campaña de terror.
Además, las leyes prohíben que terroristas y criminales reciban asilo y
opten por la negativa de deportación.
Eso dejó a Posada sólo con la posibilidad de acogerse
al amparo de la CAT, porque El Convenio contra la tortura no prohíbe que
criminales y terroristas reciban protección. Sin embargo, la norma para
acogerse al amparo de la CAT es mucho más rigurosa que la de asilo: el
solicitante debe probar que es muy probable que sea objeto de torturas,
si se le envía al país al que se propone su extradición. La carga de la
prueba recae en el solicitante, quien debe demostrar que hay una
posibilidad real de que sea torturado en el exterior. De acuerdo con
estadísticas del Departamento de Justicia publicadas en el 2003, el
Tribunal sólo otorga el tres por ciento de los casos en virtud de El
Convenio contra la tortura.
Durante el litigio de su solicitud de liberación con
arreglo a la CAT, fuimos testigos de los episodios más tristes de
maniobras legales jamás empleadas por fiscales estadounidenses. El
fiscal del gobierno preparó la escena para garantizar que el Juez de
Inmigración concediese la libertad a Posada Carriles con arreglo a El
Convenio contra la tortura.
Posada llamó sólo un testigo en su trámite de
inmigración. Un supuesto experto en Venezuela quien testificó que en su
"autorizada" opinión, Posada sería torturado si regresaba a Caracas. El
testigo declaró que "había observado secuelas de tortura" en otros
connotados individuos que él había conocido en Venezuela y que temía que
Posada pudiese sufrir el mismo destino.
Ese testigo fue Joaquín Chaffardet, amigo, socio
comercial y abogado de Luis Posada Carriles en Venezuela. Chaffardet
también había sido jefe de Posada en la DISIP a principios de los
setenta, etapa tristemente célebre por la tortura y asesinato de
opositores, hombre al que Posada estuvo muy cercano en los últimos
cuarenta años. La fiscal nunca interrogó al testigo ni planteó la
posibilidad de que fuese un testigo prejuiciado y no el observador
neutral que pretendía ser.
Aparte del testimonio cuestionable de Chaffardet, no
se presentó otra evidencia que respaldara la teoría de que Posada sería
torturado en Venezuela.
La fiscal no sólo se olvidó de interrogar al testigo,
sino que no presentó ningún documento como prueba en el caso: ninguno de
los cables desclasificados de la CIA y el FBI que están disponibles en
Internet, ni ninguna de las casi mil páginas que componen los documentos
que Venezuela entregó a los Estados Unidos en relación con la solicitud
de extradición, ni ninguna de las entrevistas que el propio Posada
concedió a lo largo de estos años donde se ufanaba de poner bombas en
los hoteles. ¡Nada!
La táctica del gobierno funcionó. El Juez de
Inmigración William Abbott consideró creíble el testimonio de Chaffardet
y determinó que había una “probabilidad real” de que Posada fuese
torturado si era enviado a Venezuela. El Juez Abbott ordenó su expulsión
de los Estados Unidos pero no a Venezuela ni Cuba pues según él era muy
probable que fuese torturado allí.
No causó sorpresa que la DHS se negara a apelar dicha
decisión. Era la decisión que la Casa Blanca deseaba desde un principio.
La orden que dispuso el aplazamiento de la expulsión
de Posada Carriles no modificó la facultad de la DHS de detenerlo. En
una carta a Posada con fecha del 22 de marzo de 2006, la DHS anunció su
decisión de detenerlo “por el momento”. En la carta le decían a Posada
que tenía “antecedentes de actividades criminales y violencia en las que
habían perdido la vida civiles inocentes”. Su liberación, concluye la
carta de la DHS “representa un peligro para la comunidad y la seguridad
nacional de los Estados Unidos”.
En respaldo de su decisión provisional de mantenerlo
bajo arresto, la DHS citó el caso pendiente de extradición de Venezuela
contra Posada y el hecho de que Posada huyó de una cárcel venezolana,
mientras se encontraba en espera de juicio por la voladura de un avión
de pasajeros en 1976. “Su pasado también incluye su evasión de una
cárcel venezolana después de varios intentos mediante el uso de amenazas
de fuerza, explosivos y subterfugios”, agrega la DHS en su Decisión.
La DHS citó luego las declaraciones del propio Posada
que lo vinculan a la “planificación y coordinación de la colocación de
una serie de bombas en hoteles y restaurantes que tuvieron lugar en
Cuba…en 1997”. Las explosiones cobraron la vida de un turista italiano y
provocaron heridas a varios otros. La DHS también hizo alusión al
encarcelamiento de Posada en Panamá por "crímenes contra la seguridad
nacional", refiriéndose a su intento de asesinato contra el presidente
cubano Fidel Castro en el 2000 con explosivos C-4 cuando el Presidente
Castro debía dirigirse a un auditorio lleno de estudiantes.
Aunque es evidente que Washington no quiere deportarlo
a Venezuela, no es prudente liberarlo. La única forma de que permanezca
detenido sin una orden de detención para extradición es que el gobierno
dictamine que constituye un peligro para la comunidad.
No obstante, el caso de extradición no va a
desaparecer. A menos que Posada sufra un infarto y muera en prisión, la
ley obligará a la larga al gobierno estadounidense a proceder con el
caso de extradición. Muchas personas consideran que el dictamen del Juez
Abbott de que Posada no puede ser deportado a Venezuela es en sí un
fallo relativo a la solicitud de extradición de Venezuela, pero no es
así. Los fallos de extradición invalidan las decisiones de inmigración.
Aunque Posada no pueda ser deportado a Venezuela, si puede ser
extraditado a dicho país.
Por otra parte, incluso si la Secretaria de Estado
Rice haciendo ejercicio de sus facultades discrecionales decide no
extraditar a Posada, los tratados y convenciones firmados por los
Estados Unidos en el pasado obligan al país a juzgarlo en su territorio
por la voladura del avión.
Los Estados Unidos están obligados por tres
instrumentos legales específicos a extraditar o juzgar a Posada Carriles
por 73 cargos de homicidio en primer grado:
1. El tratado de extradición Venezuela-Estados Unidos
de 1922.
2. El Convenio para la represión de actos ilícitos contra la seguridad
de la aviación civil, vigente desde 1973.
3. el Convenio internacional para la represión de actos terroristas
cometidos con bombas, vigente desde 1998—pero con carácter retroactivo
en los casos en que exista un tratado de extradición entre las partes.
Para fundamentar su solicitud de extradición,
Venezuela presentó documentos que demuestran que Posada está acusado en
Venezuela de homicidio en primer grado por la voladura del avión, que
hay una orden de arresto vigente en su contra en Caracas y que hay
causas probables para detenerlo en espera de juicio por ser el artífice
de la voladura del avión de pasajeros.
Este es un caso a toda prueba. Sólo el deseo del
gobierno Bush de proteger a ese terrorista internacional impide su
extradición, pero la ley es clara. Obliga a los Estados Unidos a
extraditarlo o procesarlo.
El Convenio para la represión de actos ilícitos contra
la seguridad de la aviación civil es muy clara.
Artículo VII
El Estado Contratante en cuyo territorio sea
hallado el presunto delincuente, si no procede a la extradición del
mismo, está obligado a someter el caso a sus autoridades competentes a
efectos de enjuiciamiento, sin excepción alguna y con independencia de
que el delito haya sido o no cometido en su territorio. Dichas
autoridades tomarán su decisión en las mismas condiciones que las
aplicables a los delitos comunes de carácter grave, de acuerdo con la
legislación de tal Estado.
El Convenio para la represión de los actos terroristas
cometidos con bombas dice exactamente lo mismo en su Artículo 8. Los
Estados Unidos tienen que extraditarlo o enjuiciarlo. No puede aparentar
que es un simplemente un inmigrante indocumentado y colocarlo en una
confortable instalación en Texas hasta que se olvide su caso de
extradición.
El caso de extradición de Venezuela no quedará en el
olvido. El gobierno venezolano está firmemente comprometido con la lucha
contra el terrorismo internacional. El compromiso de Venezuela no es una
guerra contra el terrorismo a la carta, como la que libra el gobierno de
Bush: una guerra que hace distinciones entre “terroristas buenos" y
“terroristas malos”.
Los terroristas son criminales y tienen que ser
enjuiciados con todo el peso de la ley. El interés de Venezuela en
Posada Carriles no cejará hasta que comparezca ante juicio por el
homicidio en primer grado de los 73 pasajeros indefensos a bordo de
aquella aeronave civil. Estamos dispuestos a hacer todo lo que sea
necesario desde el punto de vista legal para asegurarnos de que el
gobierno de los Estados Unidos cumpla con sus obligaciones legales de
extraditarlo o juzgarlo.
José Pertierra es abogado, ejerce en Washington,
D.C. Representa al gobierno venezolano en el caso contra Luis Posada
Carriles. |