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Manifiesto de 1968
Universitarios
franceses
Las A.G. de los diversos establecimientos públicos de enseñanza superior,
proclaman solemnemente que una reforma de la Universidad debe seguir la
línea directora de los siguientes principios fundamentales:
I. Independencia y contestación.
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La Universidad
debe ser absolutamente independiente de cualquier poder político.
-
La Universidad
debe ser el centro de contestación permanente de la sociedad. La
información y los debates libremente organizados entre estudiantes,
personal docente y personal no docente de la Universidad constituyen el
medio fundamental de esta contestación.
-
Estos
principios deberán ser garantizados, así como la presencia y libre
expresión de las minorías, por un conjunto de reglas internas de cada
establecimiento de enseñanza superior.
II.
Autogestión.
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La enseñanza
gratuita en todos los niveles es un deber para con la sociedad presente y
futura.
-
Debe estar
abierta a todos, efectiva e igualmente, sin imponer ninguna selección.
-
Los
establecimientos de enseñanza superior deben ser regidos paritariamente
por estudiantes y enseñantes sin ninguna injerencia externa.
-
Los fondos
públicos aportados por el Estado se fijarán en función de las exigencias
de la colectividad nacional, expresados en los planes económicos a medio y
largo plazo, que la Universidad debe fijarse democráticamente, y cuya
aplicación es obligatoria para los establecimientos públicos. La
organizaciones del personal docente y de estudiantes estarán representadas
en las comisiones de elaboración de los planes. Las cantidades que se
dedicarán a la enseñanza por los planes, una vez ratificados éstos, se
impondrán como una obligación del poder político ejecutivo y deliberante
al votar el presupuesto anual. Estas cantidades, por lo que se refiere a
la enseñanza superior, se repartirán entre las universidades a través de
un organismo paritario de ejecución, nacido de las organizaciones
paritarias de personal docente y estudiantes que hayan participado en la
elaboración de los planes.
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Toda real
autonomía exige la institución de organismos capaces de neutralizar las
fuerzas exteriores, que podrían desposeer de hecho a los estudiantes y al
personal docente del poder decisorio en todo lo que se refiere al
funcionamiento de la Universidad. Únicamente los comités nacionales de
vigilancia, nacidos de los comités paritarios, pueden definir los medios
acordados para contestar a los intentos de recuperación, especialmente los
que se aprovecharían inmediatamente de las utilizaciones anárquicas de la
autonomía.
III. Autodefinición.
-
Los
estudiantes y el personal docente deben poder someter a examen,
regularmente y con toda libertad, el contenido y la forma de la enseñanza.
-
La Universidad
deberá ser un centro de cultura social. Por consiguiente, deberá
determinar ella misma los marcos en los cuales los trabajadores
participarán en sus actividades.
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Los exámenes y
concursos en su forma actual deberán desaparecer y ser sustituidos por una
evaluación continua basada en la calidad del trabajo realizado durante
todo un período. El suspenso en una asignatura, en la forma actual, no
sanciona siempre la pereza o falta de aptitud del alumno sino, con
frecuencia, la falta de enseñanzas.
IV.
Autoperpetuación.
La
Universidad es la voluntad de una perpetua superación por:
-
Una estrecha
conjunción de la investigación y la enseñanza;
-
la educación
permanente;
-
el reciclaje
regular de los trabajadores y del personal docente; para éste deben
procurarse años de total disponibilidad para el estudio.
Este texto elaborado por los representantes de los establecimientos de
enseñanza superior siguientes: I-E.P. París, Derecho y Ciencias Económicas
de París; Medicina, París; Filosofía, Sociología y Letras, París; Lenguas
Orientales; ex Escuela de Arte; Ciencias de la Halle aux Vins; Ciencias de
Orsay; Ciencias Económicas, Poitiers; Ciencias Económicas, Clermont-Ferrand;
se propondrá a las A.G. y será adoptado o rechazado en su totalidad. |